Familia 8 min de lecturaActualizado el 5 de julio de 2026

Calculadora de permiso de maternidad y paternidad

Calcula la prestación por nacimiento: cuánto cobrarás cada mes, las semanas obligatorias y voluntarias y las fechas clave del permiso.

Prestación mensual (exenta de IRPF)

Total del permiso (16 sem.)

Fin semanas obligatorias

Fin del bloque elegido

Prestación vs. tu nómina habitual

Fechas clave de tu permiso

    Interpretación

    Qué significa tu resultado

    La cifra clave: cobras el 100 % de tu base reguladora y sin IRPF. Como la base incluye la prorrata de pagas extras y la nómina normal sí paga IRPF, la mayoría de asalariados cobra durante el permiso más neto que trabajando — compáralo en el gráfico. Es de las pocas prestaciones donde el sistema juega claramente a tu favor.

    La decisión estratégica está en las 10 semanas voluntarias: usarlas seguidas maximiza el tiempo continuo con el bebé; repartirlas en bloques (avisando con 15 días) permite cubrir imprevistos, alternarse con tu pareja para retrasar la guardería, o reforzar los meses difíciles. No hay respuesta única — hay logística familiar.

    Errores frecuentes: no solicitar la prestación al INSS pensando que «la empresa lo hace» (la tramitas tú, online, en 10 minutos); olvidar el permiso de lactancia acumulado (12–15 días extra que muchos convenios permiten); y las autónomas que cotizan por la mínima sin saber que su prestación será la mínima — subir base antes de buscar embarazo es una decisión financiera legítima.

    Casos reales

    Ejemplos prácticos

    Asalariada con 2.100 € brutos

    Base reguladora ≈ 2.450 € (con prorrateo de extras). Cobra ~2.450 €/mes sin IRPF durante el permiso: más neto que su nómina habitual.

    Pareja coordinando bloques

    Las 6 obligatorias juntos; después él trabaja mientras ella usa sus 10 semanas, y luego se invierten. El bebé tiene un progenitor en casa hasta los 8 meses sin guardería.

    Autónoma en base mínima

    Cotiza por ~960 €: su prestación son ~960 €/mes. Se plantea subir base antes de buscar el segundo — la prestación se calcula sobre lo que cotizas, no sobre lo que facturas.

    Parto prematuro con hospitalización

    El permiso se amplía en los días de hospitalización del bebé (hasta 13 semanas extra en casos graves). Las semanas obligatorias empiezan a contar según las reglas especiales de estos supuestos.

    Resolvemos dudas

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto dura el permiso por nacimiento?
    16 semanas para cada progenitor, iguales e intransferibles. Las 6 primeras son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa inmediatamente tras el parto; las 10 restantes se pueden disfrutar en bloques semanales (seguidos o no) hasta que el bebé cumpla 12 meses.
    ¿Cuánto se cobra durante el permiso?
    El 100 % de tu base reguladora: la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior dividida entre sus días. Para la mayoría de asalariados equivale aproximadamente a su salario bruto — y además la prestación está exenta de IRPF, así que a menudo se cobra más neto que trabajando.
    ¿La prestación de maternidad paga IRPF?
    No: desde la sentencia del Supremo de 2018, las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor están exentas de IRPF. Sí cotizas a la Seguridad Social durante el permiso.
    ¿Qué requisitos de cotización hay?
    Depende de la edad: menores de 21 años, ninguno; de 21 a 26: 90 días en los últimos 7 años (o 180 en toda la vida laboral); mayores de 26: 180 días en los últimos 7 años (o 360 en total). Si la madre no cumple, existe un subsidio no contributivo.
    ¿Puedo repartir las 10 semanas voluntarias?
    Sí, en bloques de semanas completas, avisando a la empresa con 15 días de antelación, hasta que el bebé cumpla un año. También se pueden disfrutar a tiempo parcial si lo pactas con la empresa.
    ¿Ambos progenitores pueden cogerlo a la vez?
    Sí: las 6 semanas obligatorias son simultáneas por definición. Las 10 voluntarias pueden solaparse o alternarse — alternarlas permite al bebé tener a un progenitor en casa hasta 26 semanas + lo que se solape.
    ¿Quién paga la prestación, la empresa o la Seguridad Social?
    La Seguridad Social (INSS) directamente. La empresa solo tramita el certificado. Se solicita por el portal Tu Seguridad Social con certificado digital o Cl@ve, y suele resolverse en días.
    ¿Y si soy autónoma?
    Mismo derecho: 16 semanas al 100 % de tu base de cotización (si cotizas por la mínima, ~960 €/mes en 2026). Además, tarifa plana de cuota durante 12 meses tras la reincorporación en muchos supuestos.
    ¿Existe todavía el permiso de lactancia?
    Sí, es independiente: 1 hora diaria de ausencia (o media hora de reducción) hasta los 9 meses del bebé, acumulable en jornadas completas si el convenio lo permite (típicamente 12–15 días extra). Ambos progenitores tienen derecho.
    ¿Me pueden despedir durante el embarazo o el permiso?
    El despido durante embarazo, permiso o los 12 meses posteriores a la reincorporación es nulo salvo procedencia acreditada ajena a la situación: readmisión obligatoria. Es de las protecciones más fuertes del Estatuto de los Trabajadores.

    Guía completa

    Todo lo que necesitas saber

    El permiso por nacimiento, pieza a pieza

    Desde 2021, ambos progenitores tienen 16 semanas iguales e intransferibles — España es de los países más generosos en igualdad de permisos. La estructura: 6 semanas obligatorias inmediatas al parto (protegen la recuperación y el vínculo), y 10 voluntarias flexibles durante el primer año, a jornada completa o parcial (pactada). En parto múltiple, discapacidad del menor u hospitalización, se amplían.

    Cómo se calcula lo que cobras

    Base reguladora diaria = base de cotización por contingencias comunes del mes anterior ÷ días de ese mes. La base de cotización es tu bruto mensual con las pagas extras prorrateadas, con topes (mínimo ~1.323 €, máximo ~4.910 €/mes en 2026). Consecuencias prácticas: sueldos por encima del tope máximo cobran el tope; y la exención de IRPF hace el neto superior al habitual en casi todos los tramos.

    Trámites, en orden

    1. Antes del parto: revisa que tu empresa tenga tus datos al día; si eres autónoma, revisa tu base de cotización.
    2. Tras el parto: inscripción del bebé (hospital o Registro Civil) y obtención del certificado de empresa (lo envía la empresa al INSS automáticamente en la mayoría de casos).
    3. Solicitud: portal Tu Seguridad Social con Cl@ve o certificado digital. Resolución típica: días. El primer pago llega al mes siguiente.
    4. Otros registros: alta del bebé en tu Seguridad Social (asistencia sanitaria), solicitud de ayudas autonómicas/municipales si existen, y el cheque guardería o deducción por maternidad (100 €/mes) en su momento.

    Derechos alrededor del permiso

    • Lactancia: 1 hora/día hasta los 9 meses, acumulable en días completos según convenio. De ambos progenitores.
    • Reducción de jornada: derecho hasta los 12 años del menor, con reducción proporcional de salario y protección reforzada.
    • Excedencia por cuidado: hasta 3 años con reserva de puesto (total el primer año) y cotización asimilada parcial.
    • Adaptación de jornada («jornada a la carta»): puedes solicitar cambios de horario o teletrabajo por conciliación; la empresa debe negociar y justificar la negativa.
    • Protección frente al despido: nulidad salvo procedencia acreditada, desde el embarazo hasta 12 meses tras la vuelta.

    Estrategias de pareja que funcionan

    Maximizar tiempo total en casa: 6 semanas juntos + 10 de uno + 10 del otro en secuencia = 26 semanas de cobertura (6 meses) sin guardería. Suavizar la vuelta: guardar 2–4 semanas de cada uno para reincorporaciones a tiempo parcial o para los meses de adaptación a la guardería (cuando llegan los primeros virus). Proteger ingresos: si uno cobra por encima del tope de base y el otro no, conviene que el de menor base use más semanas en periodos donde el otro pueda compensar. Haced números con la calculadora de sueldo neto para ver el efecto real en el presupuesto familiar.

    Sigue calculando

    Calculadoras relacionadas